Viajar cobrando el paro: se puede?

Estás en el paro, tienes tiempo libre, unos ahorros y se te ocurre la idea de irte de viaje? Por qué no, suena genial no? Viajar y encima cobrar el paro! Pero entonces aparece tu vecino de enfrente que te suelta la frase que tantas veces ya he oído: si estás en el paro no puedes viajar.

Esta frase tiene mitad verdad y mitad mentira, lamentablemente circulan muchos bulos sobre este tema y la gran mayoría son falsos.

Como he viajado miles de veces cobrando el paro y hasta he estado involucrado en una sanción, ahora me sé la ley al dedillo y os lo voy a explicar de la mejor forma posible para resolver todas vuestras dudas.

¿Se puede viajar estando en el paro?

La respuesta rotunda para esta pregunta es si, se puede. Nadie te prohibe que puedas ir de viaje mientras estás cobrando el paro, estás en todo tu derecho de salir del país cuando quieras y no va a aparecer la policía en el aeropuerto o en tu casa comunicándote que has infringido la ley.

¿Qué dice la ley?

La ley establece que “Es obligatorio comunicar al SEPE si viaja al extranjero, independientemente de la duración”

[SEPE: Servicio Público de Empleo Estatal, más conocido como el paro]

Bajo esta normativa se establece que si viajamos al extranjero tenemos que comunicarlo de forma obligatoria al SEPE, y no que no podamos viajar o que tenemos que pedir permiso, cosa que también he oído mucho.

Un detalle fundamental es que este solo aplica si viajamos a territorio extranjero, mientras que no salgamos de España no tenemos ninguna obligatoriedad de comunicarlo.

¿Qué ocurre si viajamos mientras estamos cobrando el paro?

El SEPE establece diferentes tipos de restricciones a la prestación según los días que vayamos a estar fuera del país, siempre y cuando hayamos comunicado nuestra salida. Si no lo hacemos estamos infringiendo la normativa de cobro de la prestación y nos puede caer una sanción.

Viajar por placer/turismo/ocio

Viajes de hasta 15 días

El SEPE indica:

Traslado al extranjero por cualquier causa, si la salida no es superior a 15 días naturales, ya sean continuados o no, durante cada año natural, la prestación se mantiene siempre que pueda cumplir con las obligaciones establecidas en la ley. 

Esto quiere decir, que tenemos 15 días al año en los que podamos viajar al extranjero y seguiremos cobrando la prestación entera.

Estos 15 días puede ser un viaje de 15 días o dos viajes, uno de 10 y otro de 5 por ejemplo. Lo importante es que el total no supere los 15 días dentro de un año natural.

Viajes entre 15 y 90 días

El SEPE indica:

Traslado al extranjero por cualquier causa, si la estancia en el extranjero es por un periodo continuado o no, superior a 15 días y de hasta 90 días naturales como máximo dentro de cada año natural, las prestaciones se suspenden.

Esto quiere decir, que si nuestro viaje o nuestros viajes hacen un total de días que comprende entre 16 y 90 días, los días que estemos fuera no los vamos a cobrar, pero cuando volvamos a España volveremos a cobrar sin problema alguno.

Si el viaje dura más de 90 días, la prestación se extingue, esto quiere decir que perderemos nuestro paro y no tendremos derecho de reanudarlo a la vuelta.

Viajar para mudarse al extranjero

Ir al extranjero para buscar trabajo por menos de 1 año

El SEPE indica:

Si está cobrando la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, en el caso de traslado de residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, para acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional, es obligatorio comunicarlo antes de la salida al Servicio Público de Empleo Estatal y que este lo autorice. Si el traslado dura menos de doce meses continuados, la prestación se suspende, si es superior a doce meses, se extingue.

Esto quiere decir que si estás cobrando el paro y te vas fuera del país para trabajar, buscar trabajo, realizar acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional, tienes que comunicarlo al SEPE y tienen que autorizarlo.

Si la autorización es positiva, y vuelves antes de 12 meses, mientras que estás fuera no cobras y la vuelta puedes seguir cobrando como normal. Si te vas más de 12 meses, la prestación se pierde y a la vuelta tendrás que volver a trabajar para cotizar y crear paro de nuevo.

RAI (Renta Activa de Inserción)

El SEPE indica:

En el caso de traslado de residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, para perfeccionamiento profesional o para acciones de cooperación internacional, es obligatorio comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal antes de la salida, y que este lo autorice. Si el traslado dura menos de seis meses continuados, la prestación se suspende y si es mayor de seis meses, se extingue.

Esto quiere decir que si estas cobrando el RAI y te vas al extranjero para trabajar, buscar trabajo, realizar acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional, tienes que comunicarlo al SEPE y tienen que autorizarlo.

Si lo autorizan y vuelves antes de 6 meses, podrás seguir cobrando la prestación, pero si en cambio es más de 6 meses, la prestación se pierde y a la vuelta tendrás que volver a trabajar para cotizar y crear paro de nuevo.

Es muy importante que al volver a España hay que solicitar la reanudación en el plazo de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la llegada.

Ir al extranjero para buscar trabajo por más de 1 año

El SEPE indica:

Si está cobrando prestación contributiva o subsidio por desempleo y se traslada al extranjero durante un año o más para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios que mejoren su preparación profesional, o por acciones de cooperación internacional, dicha prestación o subsidio se extinguen.

Esto es muy fácil: si te vas al extranjero para trabajar, buscar trabajo, realizar acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional por más de 1 año, y estás cobrando la prestación o el subsidio, a la vuelta lo pierdes todo. No tendrás derecho a volver a cobrar.

Traslado a un país de la UE/EEE o Suiza

Si usted percibe prestaciones y ha permanecido inscrito o inscrita como demandante de empleo durante al menos cuatro semanas en España y se traslada a buscar empleo a un país de la Unión Europea(UE), Espacio Económico Europeo (EEE) o a Suiza, puede exportar dicha prestación durante tres meses, prorrogables por otros tres.

Esto quiere decir si hemos estado al menos 4 semanas en el paro y nos vamos a otro país de la UE/EEE o Suiza para buscar trabajo, podremos llevar nuestra prestación al país de destino y seguir cobrando ahí durante 3 meses, prorrogables hasta un máximo de 3 más.

Tramitaciones

En casi todos los casos hay que presentarse en la oficina del SEPE con cita previa para hacer las gestiones necesarias.

Si vais a viajar por placer y hasta 90 días, es suficiente con comunicar por teléfono vuestra salida al SEPE, y a la vuelta tienes que presentarte en la oficina el primer día hábil siguiente a tu llegada del extranjero. No hace falta pedir cita, puedes ir a la mesa de “Registro” donde tendrás que entregar las tarjetas de embarque tanto de salida como de vuelta.

Número de teléfono provincial del SEPE: 901 11 99 99

Sanciones

Hay mucha gente que viaja cobrando el paro sin avisar porque piensan que “no va a pasar nada” o que es normal…yo aconsejo estrictamente a todo el mundo cumplir con las normativas del SEPE.

Es cierto que hace años la situación era más relajada pero últimamente se han puesto las pilas e investigan a los que infringen e imponen sanciones.

Y las sanciones pueden ser muy altas, porque si te pillan, te hacen devolver lo que has cobrado, pero no solo lo que has cobrado mientras estabas de viaje, si no desde que te apuntaste al paro…

Yo mismo he sufrido una sanción y la broma me ha costado 2300€, así que apoyo a todo el mundo a seguir las reglas del juego 🙂

Información extra

Si os queréis aprovechar, como yo, de los 15 días al año que uno puede viajar sin perder nada de dinero, os voy a dar un truquito del que me enteré en una de mis miles de visitas al SEPE: el día de salida y de llegada no cuenta para el conteo de días. Esto quiere decir que podemos salir el día “0” y volver el día “16”, ganando 2 días de viaje por la cara y completamente legal.

Links y documentos de interés

>> Página web oficial del SEPE <<

>> Formulario de comunicación salida/traslado al extranjero(PDF) <<

>> Solicitud de autorización para desplazamiento a un Estado de la Unión Europea(PDF) <<

>> Solicitud de prórroga del período autorizado para desplazamiento a un Estado de la Union Europe(PDF) <<

>> Solicitud de reanudación del período autorizado para desplazamiento a un Estado de la Unión Europea(PDF) <<

128 comentarios en «Viajar cobrando el paro: se puede?»

  1. Buenas tardes,

    Una consulta, si sales el día 10 al extranjero en coche i el 11 estas otra vez en España. Esta salida hay que comunicarla?

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  2. Buenas tardes, Marcel

    Necesito viajar el lunes a Francia durante cuatro días. No he avisado al SEPE. ¿Me recomiendas enviar el formulario aunque sea tan tarde? ¿Es mejor presentarme directamente en la oficina al volver y notificarlo a posteriori? Me pueden penalizar por no haberlo comunicado? En la web oficial usan la expresión ‘es conveniente’ para avisos de menos de 15 días, no sé si quizás me podrías indicar tu recomendación. Mucha gente me dice que al ser tan pocos días que no avise… Quedan solo un par de días y no sé qué hacer.

    Muchísimas gracias por tu ayuda y la calidad de tu contenido

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  3. Hola Marcel, tenemos una duda con mi esposo. Viajaremos a nuestro pais de origen desde mediados de junio a mediados de agosto (menos de 90 días), Estamos cobrando paro pero sabemos que debemos avisar al SEPE, la duda es si esos meses nos dejan de pagar, a nuestro regreso nos pagan lo acumulado los meses que estaremos fuera o eso se pierde y no nos pagan nada, solo sigue el pago que corresponde al mes siguiente?…Ayuda por favor !!

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    • Hola. Es una pausa en tus pagos. Cuando llegues de vuelta tienes que llevar las tarjetas de embarque y te reanudan el pago. Es decir, si te vas por un mes, ese mes no te pagan y luego se te acabará el paro un mes después. No es que te paguen de una vez el paro “acumulado de ese tiempo que no te pagaron” como dices.

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      • Gracias Trini, pues me habían dicho que los meses que no cobraba por estar afuera se me acumulaban y luego me pagaban esos meses acumulados de una ves en el pago siguiente. Entonces entiendo que pierdo esos pagos?

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        • No lo pierdes y no te los pagan de una vez. A ver, si tu paro por ejemplo se acababa en julio y te vas dos meses, se acabará ahora en septiembre, pero durante esos dos meses que estés fuera no recibes dinero.

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          • Gracias Trini y Marcel. Tenía mucha confución, ya que el señor guardia del Sepe de getage nos dijo que no se pagaban esos meses (2) que estaría fuera, pero que llegando me pagaban esos dos meses acumulados mas lo que correspondía. Al parecer lo que pasa en realidad es que mi paro termina en octubre, entonces se me “alargan” por los dos meses impagos y terminaría mi paro en diciembre ¿es así verdad?.
            Gracias a los dos por la respuesta y de verdad me angustia perder paro pero necesito ir a mi país por dos meses por temas familiares. 🙁
            Buena tarde.

  4. Hola Marcel,
    estoy cobrando la prestación por desempleo. Ayer salí de España para realizar unos exámenes y con el estrés se me olvidó comunicar al SEPE. Hoy he mandado una pre-solicitud a través de internet, pero no sé si me van a penalizar por haber avisado un día antes… ¿Qué otra cosa puedo hacer? He intentado llamar pero mi línea telefónica no me deja hacerlo desde el extranjero. He pensado en darle a una amiga todos mis datos y que llame ella por mí, aunque si he hecho la solicitud por internet esto debería servir, ¿no? Estoy bastante agobiada con esto, no me gustaría tener que pagar todo lo cobrado por un día de despiste… espero que sean algo flexibles con esto…

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    • Por internet en la sección de adjuntar documentos no tendrías problema. Por otro lado, si quieres llamar tu puedes hacerlo por Skype poniendo el saldo mínimo. Yo es lo que uso para llamadas en el extranjero, por ejemplo para llamar a seguros de asistencia en viaje.

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      • Ya envié la pre-solicitud, ¿también tengo que enviar algo por la sección de adjuntar documentos? Supongo que tendré que esperar a que me revisen la pre-solicitud primero, ¿no?
        ¿Sabes si me penalizarían por haber avisado tarde?

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        • Si, tendrás que esperar que revisen la pre-solicitud. No puedo decirte exactamente que va a pasar, pero creo que no tendría que pasar nada grave ya que ven que hay buena intención por parte y que has avisado, aunque tarde pero lo has hecho. El problema viene cuando uno no avisa en ningún momento. Cuando vuelvas ve el primer día a la oficina con las tarjetas de embarque y no creo que pase nada. Saludos y suerte

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          • Pues me revisaron la pre-solicitud justo este lunes y me han actualizado el estado de mi prestación en la sede electrónica. Lo único es que ahora aparece como “baja” en lugar de “suspendida” como ponía otras veces que he salido de España más de 15 días incluso. Y en motivo “migración o traslado al extranjero”. Esto último me extraña porque en la pre-solicitud especifiqué que volvía en un mes. Espero que no sea una baja definitiva. ¿Crees que luego la podré reanudar como siempre al volver? Como tú dices, entregando las tarjetas de embarque…

          • Nunca me he fijado si me pone baja o suspendida al salir de viaje…esperemos que no se hayan confundido. De todas formas vuelve con las tarjetas de embarque al volver. También puedes llamar a través de Skype como te han comentado por aquí

  5. Hola Marcel!!! Lo primero gracias por toda la info.una duda,con cuánto tiempo se puede avisar al SEPE de tu viaje? Ya que yo tengo los vuelos comprados desde febrero y el viaje será en 28 de julio!!! Muchas gracias de antemano

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  6. Hola Marcel , para informar que has vuelto de viaje y entregar los pasajes no hace falta pedir cita ? En el SEPE de Manacor me dijeron que debía pedir cita y en el soib también . El problema es que en el SEPE es muy difícil conseguir cita y en soib sólo veo que puedes reservar cita telefónica . Un saludo

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    • Hola Rober, no, no es necesario pedir cita. Yo he vuelto este enero y fui directamente sin cita, pero ojo que según qué oficina no puedes ir todos los días: yo fui un lunes y me dijeron que para entregar documentos sólo martes, miércoles y jueves. El SOIB nunca he informado y me han dicho que no es necesario. Pero si te quieres asegurar puedes llamar al 060. Saludos

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  7. Hola Marcel,

    Quería viajar sin perder el paro para hacer un voluntariado ya que de otra forma no podría costearme el viaje. Tengo pensado ir en autobús hasta Francia y luego en otro autobús hasta Reino Unido. En ese caso, ¿sabrán si he viajado al extranjero?
    Gracias. Un saludo.

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    • Hola Luz,

      En principio no, no tienen forma, pero yo tampoco te lo puedo asegurar, no trabajo para el SEPE y tampoco es lo moralmente correcto.

      Saludos,
      Marcel

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  8. Entiendo que si sales del país a través de fronteras como Portugal o Francia (sin usar aviones) por más de 15 días, no hay manera de que te controlen, incluso si sales de Europa a través de uno de estos países. Cierto?

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  9. Hola, quería viajar a Cuba del 6 al 22 de Enero, y el día 12 de enero tengo que renovar/sellar el paro. Tengo cita para avisar al sepe del viaje la semana que viene pero quería coger los billetes ya. Mi pregunta es, ¿al avisar del viaje supongo que ya no me harán sellar el paro el día 12, no? ¿o se puede sellar el paro desde el extranjero por internet sin problema?
    Un saludo

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    • Hola Iree,
      Tienes que contactar con tu agencia autonómica en la cual tienes que sellar, que no sé cuál es. En mi caso es el SOIB (Baleares). Avisarles del viaje y te darán otra fecha de sellado.
      Saludos

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  10. Buenos días,
    He estado leyendo las opiniones sobre las salidas al extranjero de más de 15 días y menos una persona, se supone que no cuentan los días de ida y vuelta.
    En mi caso voy a avisar al sepe de un viaje al extranjero, lo único que depende del horario de los vuelos pueden ser 15 días y medio o 16 días fuera de España (por ejemplo salir el día 2 por la mañana y volver el día 17 por la tarde ya serían 15 días y medio), y no me queda claro cuando empiezan a contar los días, si justo desde el día 2 por la mañana o ya empieza a contar desde el día 3?
    Un saludo y gracias

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    • Hola Nacho,
      Si sales el día 2, este no cuenta. Se empieza a contar a partir del día 3, y si vuelves el 17 tampoco cuenta, por lo tanto desde el 3 hasta el 16 son 14 días.

      Responder
      • Buenas, hace ya unos días que volví del viaje. Os cuento que después de comunicar la salida y entrada del país, las dos personas que me atendieron me dijeron que el día de ida y de vuelta no cuentan. Muchas gracias por la información Marcel.

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  11. Buenas noches,
    Si por ejemplo, en 2022 has salido de viaje 20 días, y en 2023 necesitas volver a salir otros 20 días, se puede sin perder el paro? Solo se interrumpe y luego a la vuelta se puede reanudar?

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  12. Muchas gracias por toda la info Marcel!
    Sabes si sigue vigente lo de que el día de viaje y el día de vuelta no cuenten para el cómputo total? Si es así hago 14 días, pero si no, hago 16.
    Y, la verdad, no encuentro nada oficial o en la normativa del SEPE que aclare como lo están haciendo ahora (yo me voy en octubre-noviembre 2022)

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    • Hola Nuria, disculpa que te conteste con tanto retraso. Lo de que no cuenten el día de ida y de vuelta es una norma no escrita…sólo te enteras cuando hablas con ellos, así que te aconsejo llamar al número de información que tienen y te lo podrán confirmar.
      En cuanto a la normativa del SEPE, he comprobado su página y todo sigue igual de momento.

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  13. Pro fin un post de experiencia personal. Yo he preguntado a varios “profesionales” y no me han sabido decir ,Por un lado estan los que te dicen que “no pasa nada” (MUCHOS) y por otros los que son legalistas hasta la muerte .Yo tengo ya cita en el SEPE para comunicar un viaje superior a 15 dias, pero seguía buscando información , hasta que después de 3 paginas de Google (si, no os quedéis NUNCA solo en la 1ª) he dado con alguien que comparte su experiencia directa y personal que es lo que REALMENTE vale . Muchísimas gracias de verdad por informar de primera mano , solo por este blog he visto que mi decisión de comunicarlo ha valido realmente la pena

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    • Hola! A mi sí que me ayudó bastante leer aquí! Yo viaje el mes pasado más de 15 días. Se puede comunicar sin problema la salida por teléfono o por la página web mediante una sección de gestión de la documentación. Si es obligatorio la cita presencial para la vuelta donde tienes que llevar el pasaporte y las tarjetas de embarque, eso fue lo que hice. Y me confirmaron la información que te doy. Me suspendieron el pago desde la fecha de salida de mi viaje y ya me la reanudaron. Suerte!!

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        • Hola Pedro, muchas gracias por tus palabras. Me alegro mucho si es de utilidad lo que cuento aquí, ya que al final es lo que intento, ayudar a los demás porque cuando yo estuve en medio de este lío tuve que ir descubriendo sobre la marcha como funciona todo.
          Saludos!

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  14. Hola Marcel muchas gracias!

    Pregunta: si conduzco hasta Lisboa y allí cojo un avión a un país fuera de la UE por 6-7 meses
    ¿Cómo se entera el SEPE?

    Responder
  15. Hola! Te hago dos preguntas… Como se cuentan los días? Si salgo un día 1 y vuelvo un día 16, se cuentan desde el día 2 al día 15? Quiero evitar que me suspendan el paro y salir el máximo de días….

    Y si salgo más de 15 días y menos de 90 a mi vuelta me pagan esos días en que el pago estuvo suspendido al acabar el tiempo total de derecho a paro o cuando se acabe el paro por conseguir empleo?

    Tengo que decidir las fechas de mis vuelos a ver si me ayudas con estas dudas

    Mil Gracias !!!!

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    • Hola Trini!

      Para tu primera pregunta, si exacto, se cuenta del 2 al 15 ambos incluidos.

      Y tu segunda pregunta, no, los días que estás fuera no se te llegan a pagar nunca, simplemente no pierdes esos días de prestación total.

      Cualquier otra duda, aquí estoy!

      Responder
      • Gracias por la pronta respuesta!

        Realmente no sé qué hacer pues aún no me responden la solicitud de prestación que la hice el 6 de mayo… (Mi contrato acabo el 2 de mayo) La única cita que había es para el 3 de junio que la sigo guardando por si falta algún papel y hay que ir .. pero necesito irme ya…. Sabes si actualmente se puede hacer todo por internet si luego falta algo o qué directamente no puedas irte si no tienes la prestación aceptada? O que por ejemplo me pase que no me paguen nada, ni lo “previo al viaje” hasta volver? (Xq entiendo que una vez acepten la prestación me deberían pagar lo que corresponde desde el día del cese del contrato…) … Luego al volver te siguen pagando.. eso de que a los tres meses te empiezan a pagar menos… Suman los días en que estuviste fuera a esos meses? es decir, son meses de calendario o esos tres meses los conforman sólo los días que efectivamente te pagan?

        Uf, creo que he añadido como 4 preguntas… Lo que puedas responder te lo agradezco!

        Responder
        • Hola,la prestación te la pagan desde que te aprueban la prestación no desde que finalizó tu contrato,ten en cuanta que si tenías días de vacaciones te empiezan a pagar cuando agotes esos días,para salir al extranjero es obligatorio comunicarlo así sea por 1 día,si te pillan te pueden hacer devolver todo lo cobrado y te extinguen la prestación,los 6 primeros meses cobras el 70% de tu base de contingencias comunes,a partir del 7 mes el 50%,a eso réstale seguridad social y irpf si corresponde,al tener dos pagadores estás obligada a realizar le declaración de la renta,mi consejo es que te quites algo porque sino te saldrá a pagar,si te vas más de 15 días la prestación se interrumpe,no cobras nada,al
          volver solicitas reanudarla pero lo que estuviste fuera no lo cobras,si estás más de 3 meses lo mismo pero al volver tendrás que justificar que estuviste en búsqueda de empleo,cursos etc,no sé si me dejo algo,a ver si Marcel te aclara más,saludos.

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          • Gracias por responder Víctor! A que te refieres con el consejo de que me quite algo? No saldré más de tres meses, una de mis dudas es irme por dos o tres semanas.
            Estaba segura de que pegaban desde el día siguiente de acabar el contrato!
            Ah y me has aclarado que son 6 meses los que pagan más y luego ya baja el pago.

      • Hola Nuria no recuerdo exactamente porque finalmente decidí irme más días. Me quiere sonar que no los contaban o al menos uno. Yo me fui por 21 días creo. Esos días no me pagaron y a la vuelta una vez que fui me reanudaron la prestación, el dinero no lo pierdes pues simplemente se te prolongará el paro (en mi caso 20 días). Preferí irme más días que estar con la presión de que tenía que volver… Te recomiendo que llames al teléfono de información local (mirate el horario que en cada provincia es distinto, en la mía era un rango muy corto un par de horas solo) y ahí te explican todo incluso vale con dar el aviso por teléfono una vez tengas los billetes. Deja cogida cita para tu vuelta y ahí debes llevar pasaporte y tarjetas de embarque. Cualquier cosa dime sin problema, suerte

        Responder
  16. Hola Marcel,
    me gustaría saber si es posible viajar durante aproximadamente dos meses por España cobrando el paro. Y si realmente vale la pena avisar de ello o no. Es la primera vez que lo solicito y no sé muy bien que piden. Entiendo que deberé renovar los papeles del paro (vía Internet supongo) y no sé si algo más.

    Gracias.

    Responder
  17. Hola, Marcel,
    Tengo dudas, estoy al paro y de baja médica, me gustaría ir a Italia, salir el 25 y volver el 29, ¿cómo es lo que decías de día 0 a 16? ¿Cómo comunico mi viaje al SEPE? ¿Cuántos días se contarían? ¿3 si no se cuenta día de salida y día de llegada? espero tu respuesta, muchísimas gracias de antemano.

    Responder
    • Hola Macu,
      En efecto, se contarán 3 días(26,27 y 28). Para comunicarlo al SEPE es suficiente con llamar por teléfono, pero a la vuelta tendrás que presentarte en la oficina con las tarjetas de embarque. Saludos y buen viaje!

      Responder
  18. Muchas gracias Marcel,

    Entiendo ahora que siempre que uno supere los 15 días, la prestación queda suspendida hasta la vuelta. Aún así, uno sigue teniendo derecho a 15 días de vacaciones pagadas verdad?
    Saludos y enhorabuena por informarnos a todos y aclararnos las ideas.

    Responder
    • Hola Carlos, al decir 15 días de “vacaciones” entiendo que te refieres a los 15 días que puedes salir de viaje y seguir cobrando esos días. En efecto, hay 15 días al año que se cobra la prestación. Saludos y me alegro si sirve de ayuda.

      Responder
      • Hola Marcel y gracias.
        Sí, me refería a los 15 días de permiso.
        Preguntaba si, al haber suspendido la prestación por coger más de 15 días y menos de 90, si además se puede disfrutar de esos 15 días diremos pagados, dentro del mismo año.
        Muchas gracias y saludos.

        Responder
  19. Hola de nuevo Marcel,

    Leyendo varios comentarios, quería comentarte lo siguiente:
    Se trata de la declaración jurada en caso de viajar en coche y que no haya control. En realidad, para qué sirve una declaración si no puede el SEPE detectar tus desplazamientos en esos casos.
    También me gustaría saber si algún usuario de este post ha viajado en avión dentro de la UE sin comunicarlo, para saber si realmente el SEPE intercambia datos con las compañías aéreas, lo cual me parecería extraño, dada la condición privada de la mayoría de ellas.
    Saludos y muchas gracias.

    Responder
  20. Hola Marcel,
    Tengo otra pregunta. Dices que si viajes entre 16 y 90 días, no te pagan esos días que has estado fuera. Si viajas 20 dias, no me pagan 20 días o 5 días? Porque se supone que los 15 primeros días, tengo derecho a ello verdad.
    Gracias. Saludos.
    Carlos

    Responder
  21. Hola Marcel,
    Me vendrían bien respuestas a esas preguntas para entenderlo bien una vez por todas.

    Veo que el sepe se toma en serio el tema de los que infringen la ley pero parece que va contra los extranjeros, puesto que los Españoles, si viajan de Santander a Huelva, recorren 1000 km, y si les llaman, difícilmente estarían al día siguiente comparado con un avión en una hora o dos, llegas del extranjero. Además, dentro de España, puedes incluso ir a vivir a otra ciudad, o viajar todo el año. Cosa muy injusta.

    Mi pregunta es,

    1. Cómo lo detecta el sepe? por la policía de migraciones. ósea cuando pasas con el pasaporte? Y con el DNI, también te pillan si viajas a toda Europa? Quien controla eso? No creo que las compañías aéreas den parte de eso.

    2- Si viajas en coche a Portugal, Francia, Italia y toda Europa??? En ese caso no existe control verdad?

    Gracias Marcel por responder a eso, me quedaría todo más claro.
    Saludos,
    Carlos.

    Responder
    • Hola Carlos,

      Entiendo lo que quieres decir, yo puedo irme a tomar mojitos en la playa en Canarias pero no en el Caribe…y en cierto modo es lo mismo.

      1. El SEPE argumenta que ellos intercambian los datos con las compañías áereas para saber quien sale. Si esto es cierto o no, no lo sé, no podemos saberlo.
      2. Si viajas en coche a través de una frontera donde hay controlo como en la UE tienes que hacer una declaración jurada exponiendo el día que saliste y volviste. A mi me pasó al ir en coche a Portugal.

      Espero haberte ayudado Carlos,
      Saludos,
      Marcel

      Responder
      • Muchas gracias Marcel,

        Tenía tus respuestas en el spam y no las había visto.
        Lo de viajar en coche en la UE, si no hay control, y aunque lo hubiera, pasando con el DNI, sin ningún registro, no se puede detectar la salida supongo.
        Y otra cosa, en caso de salir mas de 15 días, te suspenden la totalidad de los días, en eso estoy de acuerdo, pero seguiría uno teniendo derecho a los 15 días? porque teóricamente no se habrán disfrutado. Muchas gracias, todas estas aclaraciones siempre vienen bien.
        Un saludo.

        Responder
        • En efecto Carlos, dentro de la UE no hay controles en coche.

          Respecto a los 15 días, entiendo que preguntas si se “pierden”, verdad? No, no sé pierden. Al salir más de 15 días tu prestación se pone en pausa, al volver se reanuda por donde se paró.

          Saludos

          Responder
        • Hola Wivian, disculpa que te conteste con tanto retraso. La declaración jurada la haces tú misma en un papel en blanco, es muy sencillo. Tienes que escribir en un papel que día sales y vuelves y firmarlo.

          Responder
  22. Buenas a todos .
    Estoy bastante preocupado por un tema .
    Llevo 2 meses cobrando prestacion y me llama un amigo que tiene una empresa fuera de la UE ,es en centroamérica.
    Me ofreció oportunidad de negocio y Vi un vuelo muy barato y lo compre .
    El caso q antes de salir leí por emcima que 15 días podría salir fuera ,pero ya patine porq no es en la UE ni lo comunique .
    Al llegar me desaparece en un bus local ,tarjetas , efectivo y menudo calvario ,entonces decido quedarme solucionando todo para irme .
    Supomgo que ya no puedo comunicar nada al sepe porq ya la he cagado ,llevo horas leyendo y creo que lo único que puedo hacer es rezar para a no me pillen .
    Actúe de buena fe pero fui un inconsciente que a efectos legales es lo mismo .
    Para mí sería importante si alguien sabe si deben comunicar por correo la suspensión ,multa o lo q sea.
    Y otra cuestión que posiblidad hay de que se den cuenta aproximadamente y si te pillan al empezar ,al terminar de cobrar o cuando .
    Contacte con un par de abogados por el estrés q me entró …un millón de gracias

    Responder
    • Hola Inma, disculpa el retraso en contestar. No se si ahora mismo ya has vuelto o sigues en el extranjero, pero de todas formas aún existe la posibilidad de que a la vuelta (si aún no has vuelto) informes al SEPE a tu llegada, con las tarjetas de embarque. Y comentarte que es indiferente si es dentro o fuera de la UE. Saludos

      Responder
  23. Buenas tardes,me podrías decir si en emigraciones de USA sería un problema decir que estás desempleado cobrando la prestación contributiva ? igual al decir que estás desempleado pueden pensar que vienes a buscar trabajo… , en mi caso pensamos viajar mi mujer y mis dos hijos,que me recomiendas? muchas gracias.

    Responder
    • Hola Roberto, la verdad creo que no es necesario mencionar que estás desempleado en España, y además viajando en familia con tus hijos queda un poco fuera de contexto, ya que aparentemente vais de vacaciones. Saludos

      Responder
  24. Hola, Marcel ¿qué tal? Gracias miles por el trabajazo que haces.

    Mi duda es la siguiente, y aunque creo que ya se ha planteado algo similar, me gustaría pedirte, si eres tan amable que me ayudaras.
    Mi intención es irme de viaje el año que viene durante unos meses. No voy a mentir, claramente, después de 27 años cotizados me apetece estar unos meses por ahí haciendo el perro. Mi intención es ir a latinoamérica, aunque me gustaría viajar, quizá, por otras partes del mundo.
    Me había planteado varias opciones:
    – Ahorrar el suficiente dinero para viajar y no solicitar el paro cuando me quedara sin trabajo
    – Solicitarlo, cobrar un mes o dos y avisar de que me voy de viaje 3 meses para reanudarlo a la vuelta.
    – Avisar de que me voy de viaje por más de 90 días.

    Entonces se crean varias dudas y es aqui donde solicito tu ayuda.

    En el primer caso, si no solicito el cobro del paro, mi derecho al cobro se mantendría si al volver encontrara trabajo? Es decir, si vuelvo, encuentro trabajo y esa empresa me despide, tengo derecho a cobrar el paro acumulado en mi época antes de irme de viaje? No sé si me he explicado 🙂

    El segundo caso me queda claro, no habría ningún problema, salvo que quisiera volver a irme tras llegar de esos 3 meses de viaje, no habría opción de repetir lo mismo salvo que de un año a otro ¿no? (viajo y vuelvo 90 dias en 2022 y cobrando el paro pasamos al 2023 y vuelvo a hacerlo).

    Y en el tercer caso, me pregunto ¿Es dificil que te concedan el permiso sin otro contrato de trabajo en el extranjero? Es decir, lo que les planteo es que me voy a buscar trabajo a Argentina, por ejemplo, pero viajo por otros paises una vez llego allí.
    Para resumir y hablando claro, les comunico que me voy a buscar la vida, pero no presento ningún justificante.

    Son muchas cosas, lo sé, por eso te agradezco de corazón lo que puedas responderme.

    Un saludo 🙂

    Responder
    • Hola Chema,

      Antes de nada decirte que me das muchísima envidia por ese viaje de meses que vas a hacer, disfrútalo!

      Referente al primer caso, exacto, si no pides el paro se conserva hasta que te vuelvan a despedir, como bien tú dices.

      El segundo caso también es como tú dices, ya que tiene que ser máximo 90 días por año natural.

      Y lo que planteas en el tercer caso, en un principio tú para irte a buscar trabajo no tienes que presentar nada, si no cuando vuelves tienes que justificar que lo has hecho. En parte es lógico porque seguramente si te vas a otro país a buscarte la vida, te vayas con las manos vacías, pero a la vuelta deberías tener documentos que lo demuestren.

      En la página del SEPE aparece lo siguiente: “Volverá a percibir las citadas prestaciones a partir del día siguiente al de su regreso a España, siempre que solicite la reanudación o la reincorporación en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha y justifique documentalmente alguno de los motivos indicados. “

      Y en el documento que rellenas para comunicar que te vas, aparece esto:

      Por búsqueda de empleo:
      Cualquier documento que acredite la búsqueda de empleo, incluyendo el certificado de haber estado inscrito/a en los servicios de empleo del país correspondiente.

      Por colocación en un país extranjero:
      El formulario U1 o, en su caso, el E-301 cumplimentado por el organismo competente del país de la UE/EEE/Suiza o los certificados expedidos por las áreas y dependencias provinciales correspondientes de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, si la colocación tuvo lugar en países fuera del ámbito de la UE/EEE/Suiza.

      Por perfeccionamiento profesional o cooperación internacional:
      Un certificado del centro oficial de formación o certificado de la organización de cooperación internacional con los que ha colaborado.

      En pocas palabras, tú puedes avisar que te vas para buscar trabajo, y la vuelta si puedes demostrar que ha sido así, te dan la posibilidad de reanudar tu prestación.

      Espero que te haya servido de ayudo y aclarado tus dudas.

      Un saludo y suerte con la aventura!

      Responder
      • Pues de nuevo muchas gracias. Por tanta información precisa y por tardar tan poquito. Un placer, der verdad. Además, he estado leyendo tus artículos, sobre todo el de los consejos, y mola un montón.

        Lo que parece que voy a tener claro es el hecho del ahorro, no depender de lo que me pueda “pagar” el paro. El único miedo que puedo tener es perder lo que tanto me ha costado conseguir, el derecho a percibir mes a mes el subsidio por estar parado cuando lo necesite.

        Lo dicho, muchas gracias.

        Responder
        • Gracias a ti, un halago saber que hay lectores que encuentran tan útil lo que hago, muchísimas gracias de verdad.

          Si haces los pasos bien con el paro, no te debería pasar nada. Ante cualquier duda es mejor que lo confirmes con ellos, los puedes llamar por teléfono y siempre te resuelven las dudas. Ah, y cuando te vayas, ten copias de todo los papeles (comunicación de salida, tarjetas de embarque, etc), porque si un día pasa algo, puede ser 1 o 2 años más tarde, y tendrás que tener pruebas.

          Saludos!!

          Responder
  25. Buenos días Marcel,te cuento,visto lo visto no merece la pena arriesgarse y tener que devolver todo,mi caso es que pienso viajar fuera de la UE concretamente USA,mi primera intención es comunicar una salida inferior a los 90 días por si acaso tengo que volver pero… en caso de que consiga trabajo como le comunico al sepe que quiero extinguir mi prestación por completo ? sin que me sancionen claro 😄

    Responder
    • Hola Víctor, la verdad que tú caso es complejo también, el sentido común me dice que en un principio no podrías (o deberías) hacerlo así, si no desde un inicio comunicar tu intención de irte a buscar trabajo y no cobrar la prestación. Obviamente entiendo tu postura de porque lo haces de la forma que dices, pero creo que la única forma de no meterte en líos legales es volver antes de 90 días para cortar la prestación. Entre EEUU y España hay vuelos asombrosamente baratos…

      Responder
      • Buenas tardes Marcel,hoy he estado en el Sepe comunicando mi salida al extranjero,bueno pues aclaro el tema de estar más tiempo del que en un principio se informa.
        En mi caso informe 1 mes de salida por lo que la prestación se interrumpe,en caso de volver antes de los 3 meses sólo tendría que solicitar cita para reanudar la prestación,en este caso no hace falta justificar ni dar explicaciones sobre la salida,habría que llevar pasaporte y tarjetas de embarque de la salida y la entrada a España.
        En el caso de estar de 3 meses a 1 año,habría que justificar la estancia ya bien sea por algún curso,entrevista de trabajo etc,algo que esté relacionado con la búsqueda o perfeccionamiento de empleo.

        En el caso de más de estar ausente más de 1 año se extingue de manera automáticamente la prestación sin opción a volver a solicitarla.

        No hace falta comunicar nada desde el extranjero,siempre es a la vuelta según el
        tiempo que se ha permanecido fuera de España.

        Cuidado con informar 15 días y estar más tiempo,ahí si habría sanción porque esos 15 días se pagan aunque estemos fuera.

        Como dato aclaratorio y espero que quede claro sin duda, en el momento que salimos por una frontera exterior,el CNP en control de pasaporte informa a Delegación de Gobierno de todas las salidas,de hecho ven si estás cobrando alguna prestación y la cuantía,así que mucho cuidado por están mirándolo con lupa este tema,está información es veraz de primera mano.

        Un saludo

        Responder
        • Hola Víctor, muchas gracias por tomarte el esfuerzo de pasarnos está información, es de mucha utilidad para todo el mundo que viaja al extranjero mientras están cobrando una prestación del SEPE. Te deseo mucha suerte con tu aventura en USA! Saludos Marcel

          Responder
        • Hola Víctor, gracias por la información que aportas. Me ha llamado la atención el último punto sobre salidas por una frontera. Dices que hay un control del CNP por el pasaporte. y si viajas dentro de la UE, enseñando el DNI, hay el mismo control?
          Gracias

          Responder
  26. Hola Marcel,soy Angel, encantado.
    Yo me voy quiero ir de viaje a Estados Unidos, exactamente a New York,
    El paro a mí se me acaba en agosto de este Año y el viaje lo tengo programado para Mayo o Junio si se normaliza la situación que estamos viviendo.
    Yo quiero ir de vacaciones por tres meses .
    Me seguirán pagando esos dos mes que me quedarán por cobrar??
    Si hago los papeles del ESTA, habrá algún problema por poner en la sección dónde te indican que pongas un trabajo y en qué trabajas en la solicitud.?
    Yo estoy en paro , tendría algún problema para que me la aceptaran??

    Responder
    • Hola Ángel, disculpa el retraso en contestar.
      Enhorabuena por el viaje a Nueva York, la ciudad es una pasada. Respecto al paro, solo te van a pagar si te vas como máximo 15 días de viaje, si vas más (pero menos de 90) se suspende el pago durante el tiempo que te vas.
      Y lo del ESTA no debería haber problema ya que tu al avisar al SEPE de que te vas no estás cometiendo ninguna infracción, y para la ESTA es independiente si estás en paro o no.

      Saludos

      Responder
  27. Hola Marcel,

    en la pagina web del sepe dice que “Es conveniente que comunique al Servicio Público de Empleo Estatal la salida antes de producirse.”

    Que significa es Conveniente? Osea no es obligatorio parece. Entonces no hay sanciones si no se comunica!?

    Mi paro se va a acabar el dìa 9/11 y me irìa el dìa 26/10 (15 dìas antes). Sabes aconsejarme cual serìa la cosa mejor que hacer?

    Tampoco sé en este periodo como se comunica la salida al extranjero…

    Gracias!

    Responder
    • Hola Andrea,

      Muchas disculpas por la tardanza en responder, he estado unos meses inoperativo.

      Respecto a la obligatoriedad de comunicarlo, te puedo asegurar que si estás recibiendo la prestación por desempleo, estás obligado a comunicar cualquier salida del país.

      ¿Al final qué has hecho?

      Saludos

      Responder
  28. Buenas tardes!

    Muchas gracias por el post, tengo una pregunta. Cómo saben ellos que estás fuera? Si por ejemplo te mudas al extranjero para cuidar de tu abuelita y no estás trabajando ni dado de alta en el nuevo país. De qué manera “se enteran” ellos como tu dices?

    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Ana,

      Según el SEPE ellos intercambian los datos de la gente en paro junto con las reservas de las aerolíneas….la verdad no sé que decirte, yo no sé si creérmelo y no se realmente como te pillan.

      Un saludo,

      Responder
  29. Estoy cobrando el parro….tengo a mi madre muy mal en hospital…y me gustaría ser con ella en último momento….me gustaría ir a Rumania por eso razón.. entiendo que no puedo salir más de 15 días,si no quiero perder el parro…no hay alternativas para esas situaciones….

    Responder
    • Hola Gabriela,

      Disculpa por contestarte tan tarde.

      Actualmente el SEPE no contempla excepciones por familiares enfermos en el hospital, aunque te recomiendo que te pongas en contacto con ellos para ver que opciones te pueden ofrecer.

      Un saludo

      Responder
  30. Muchas gracias por un artículo tan completo. Tengo una duda… He escuchado que si exportas la presentación por desempleo a Portugal no hay límite ni de 3 meses ni de 6 meses… Que puedes seguir cobrando todo lo que te quede de presentación. ¿Tienes alguna información al respecto? Gracias de nuevo.

    Responder
    • Hola Javier,

      Disculpa la respuesta tardía.

      Si es correcto, si exportas la prestación por desempleo desaparecen los límites ya que pasas a residir al extranjero.

      Un saludo

      Responder
  31. Hola Marcel.

    Estas seguro que no cuenta los dos dias de salida y vuelta? Esta información se puede encontrar en SEPE?
    Tengo que salir de España 15 dias, no puedo avisar SEPE porque es impossible hacerlo en los tiempos de COVID-19. Tengo justificantes que intente informarme sobre la situacion. Dice que todos los plazos estan suspendidos y el telefono no funciona. Mi viaje es en principio de Julio, me da miedo que si no les avise me quiten el paro? Crees que hay esta posibilidad? Estoy en ello desde Abril. Soy Polaca y Polonia es parte de UE.

    Responder
    • Hola Kasia,

      Si, lo de los días de salida y vuelta es seguro. No aparece en la página de la SEPE pero me lo han confirmado en las oficinas y lo he comprobado en varios viajes ya.
      Respecto a lo de informar al SEPE en tiempos de COVID-19, lamento decirte que no puedo ayudarte mucho. Yo lo he pensado varias veces que si por ejemplo cobrando un ERTE, en teoría se tiene que aplicar la misma normativa que cuando uno está en el paro normal, pero es una situación nueva y con el SEPE colapsado no hay forma de comprobarlo.
      Yo mismo no he salido del país desde el Estado de Alarma y el ERTE y no he tenido experiencia aún con esta situación…

      Lamento no poder ayudarte…

      Responder
      • Hola Marcel y Kasia,
        He leído vuestros mensajes y me permito comentaros que yo me fui de viaje en febrero cobrando el paro y a mí si que me contaron los días de ida y de vuelta. No sé si porque mi viaje era de más de 15 días (si no los hubieran contado se quedaba en 16),pero desde luego el cobro del paro se interrumpió desde el dia de mi partida al de mi llegada. Por si fuera de ayuda.
        Un saludo

        Responder
        • Hola Paula,
          Muchísimas gracias por tu aporte. A mí nunca me los han contado (y en viajes superiores a 15 días) pero es interesante saber que hay casos en los que sí.
          Saludos

          Responder
    • Hola Kasia,

      te puedo preguntar que hiciste a final? Estoy exactamente en la misma situación y no sé si irme arriesgando o no. También me iré en los ultimos 15 dìas de cobro, asì que no voy a volver porqué teoricamente se va a finalizar el paro.

      Muchas gracias!

      Responder
  32. Hola Marcel, gracias de antemano por tu informacion en a web.

    Mi pregunta es la siguiente, estoy cobrando la ayuda mayores de 55 anos, tengo 60 ahora y si viajo al extranjero sin avisar ,si se enteran que tipo de sancion puedo tener porque la informacion que encuentro es muy vaga. Cuando hablan de que te pueden quitar todo el paro se refiere a todo lo cobrado dependiendo del tiempo que lleves haciendolo o en el caso de los que tenemos la prestacion de mayores de 55 se refieren a la sancion desde que en mi caso los 55 hasta los 60 de sancion????? Mi duda es que los que percibimos esa prestacion tenemos cada año que presentar una declaracion de ingresos para informar que nuestros ingresos no ha variado. En fin a ver si me puedes informar.
    Un saludo
    Lucia

    Responder
    • Hola Lucía,

      Voy a intentar ayudarte en lo que pueda aunque no estoy muy familiarizado con esta prestación que me planteas. Cuando se dice que “te quitan todo el paro” se refiere a que te hacen devolver lo que has estado cobrando en ESE TIEMPO de desempleo y te quitan el derecho futuro de lo que YA ESTABA CONCEDIDO, como en tu caso es la ayuda a mayores de 55 hasta que encuentres trabajo o llegas a la edad de jubilación. Es complicado decir hasta donde llega la sanción pero no me extrañaría que serían capaces de quitarte por completo este subsidio reconocido y que te encuentres en la situación de no cobrar absolutamente nada.

      Espero que esto te sirve de ayuda,
      Un saludo
      Marcel

      Responder
      • Hola, soy Ely, tengo una duda y me gustaría aclararme un poco, actualmente estiy cobrando el paro y me al extranjero a buscar trabajo, si me marcho el día 1 de agosto tengo derecho a cobrar el día 10 el mes de julio. Gracias y un saludo

        Responder
        • Hola Ely,
          Si tienes derecho, de hecho también vas a cobrar el 10 de agosto porque se te pagará lo que corresponde al período del 1 al 31 de julio.
          Espero haberte ayudado,
          Saludos

          Responder
  33. Hola Marcel,

    Muchas gracias por este post, es de gran ayuda para aclarar todo esta temática tan enrevesada.
    Quería plantearte una duda por si podías echarme una mano; pretendo irme a viajar por asia durante unos 6 – 7 meses, congelando el paro antes.
    Mi preocupación viene porque no será ni por buscar trabajo, ni por estudiar. Tengo pensado hacer un voluntariado pero no sería más de 3-4 semanas. Con lo cual, entiendo que no entro en sus requisitos para congelar el paro y lo perdería. ¿Es esto correcto? ¿Hay alguna manera de no perder el paro a la vuelta?

    Muchas gracias!! Saludos!!

    Responder
    • Hola Rebeca,

      Gracias a ti Rebeca, me alegro si os ayuda este post.

      En efecto la situación que me planteas no entra en ninguno de los casos autorizados, por lo cual no es que pierdas el paro si no que a la vuelta no puedes reanudarlo, necesitas una alta y baja en la seguridad social (cosa que se arregla tan fácil como hacer un trabajo de 1 día en alguna ETT y ya está).

      Sin embargo te recomiendo lo mismo que a todos los que me preguntan, que llames al paro y consultes tu caso porque hay muchas normas ocultas no escritas de las que uno se puede beneficiar. De hecho en el permiso para ir fuera hasta 1 año para trabajar o estudiar, también se permite realizar “acciones de cooperación internacional” un término muy amplio en el que yo entiendo que un voluntariado puede entrar, habría que ver hasta qué punto se toman enserio que solo son 3-4 semanas….

      Espero haberte ayudado, si necesitas algo más no dudes en preguntar!

      Responder
      • Claro, y tanto que ayuda, gracias por tu respuesta!
        Cuando se acerque el momento, me informaré a fondo en la oficina.

        Mientras tanto, seguiré leyendo tu blog! Buen trabajo! 🙂

        Saludos!

        Responder
      • Hola Rebeca / Marcel:

        Estoy en la misma situación que Rebeca, voy a ir a hacer un voluntariado a Africa por 4 meses, para luego retornar a España.

        Queria saber si saben como justificar un voluntariado como ” cooperacion internacional”
        Necesito algun documento especifico?
        Saludos

        Responder
        • Hola Jose,

          Disculpa mi respuesta tardía.
          Si no estoy equivocado, me parece que no puedes ir a África y seguir cobrando la prestación, tienes que pararla antes de irte.

          Saludos

          Responder
  34. Buenas!
    Me voy al extranjero de viaje del 6 de marzo al 24 de marzo y actualmente estoy cobrando el paro. Trabajo de auxiliar de enfermería en el Servicio Vasco de Salud Publica (Osakidetza) y entro y salgo al paro constantemente, ya que trabajo con contratos cortos de semanas, incluso algunas veces de días sueltos. Mi pregunta es:
    Si por ejemplo, me llaman para trabajar solamente un día suelto el 4 de marzo (2 días antes de mi salida al extranjero), podría avisar a la vuelta del viaje para que me reinicien el paro desde el día en que se me terminó el contrato laboral (el día 4 de marzo, teniendo en cuenta que tienes 15 días hábiles para avisar de que te reinicien el paro)? O eso también sería ilegal?
    Gracias y un saludo!

    Responder
    • Hola Ulises!
      Me gusta tu pregunta porque muchas veces tengo esta situación que tu comentas. Imagino que como entras y sales al paro constantemente estas familiarizado con el proceso de apuntarte a él. En tu caso lo que ocurre es que el día que te vayas de viaje aún no estás apuntado al paro, por lo tanto por mucho que avises la persona del SEPE no podrá registrar tu salida ya que tu solicitud no estará creada. Debes guardar las tarjetas de embarque de tal forma como si hubieras avisado, y cuando vayas a apuntarte al paro a la vuelta de tu viaje, tienes que comunicar que te fuiste y mostrar las tarjetas de embarque. No es ilegal porque técnicamente en el momento de irte de viaje, no estás en el paro. Cuando he tenido la misma situación que tu, esta es la solución que me han dado.
      Espero haberte aclarado la duda y que tengas un buen viaje!!

      Responder
      • Bien gracias!!!
        Pero en tal caso, si aviso a la vuelta del viaje que he estado fuera, no cobraría la prestación que involucren los días del viaje verdad?
        Y si no aviso que he estado fuera y lo volviese a activar después del viaje (respetando los 15 días hábiles para reactivar la prestación) pasaría algo? O mejor dicho, tendría alguna sanción si se enterasen?

        Graciasss!!!

        Responder
        • Exacto, no cobrarías 17 días(el día de salida y de vuelta no cuenta), ya que te vas más de 15 días. Si no avisas y se enteran, te arriesgas a una sanción que puede ser altísima, normalmente te obligan a devolver todo lo que has cobrado en ese periodo y te extinguen la prestación, es decir pierdes todos los días de derecho de esa prestación.

          Responder
  35. Hola Marcel,

    Muchas gracias por tu post y la información. ¿Te pide también el pasaporte junto con las tarjetas de embarque? En mi caso, tengo avisar para pararlo tres meses pero puede que no tenga tarjeta de embarque ya que saldría en barco desde puerto español y los países a los que llegaría son de la UE. De esta forma al volver, no tendría nada con lo que probar el viaje. :(.

    Muchas gracias

    Responder
    • Hola Laura,

      No te piden pasaporte, aunque si el DNI porque necesitan una identificación, y la tarjeta de embarque. En tu caso también sirve el billete del barco (si no me equivoco las líneas marítimas también emiten una especie de tarjeta de embarque) pero es mejor si lo consultas en el SEPE antes de salir (puedes llamar al número información), ya que ellos te dirán que documentación necesitas exactamente.
      Una vez que viajé a Andorra con coche de alquiler llamé para preguntar como demostrarlo y me dijeron que era suficiente haciendo una declaración jurada.
      No importa que medio de transporte uses porque ellos te dirán que necesitas para justificar tu salida y vuelta.

      Te pido disculpas porque con tu pregunta me acabo de dar cuenta que he redactado mi artículo pensando únicamente en los viajes de avión.

      Un saludo!

      Responder
  36. Hola Marcel, muchas gracias por tu post, me acabo de quedar en paro y tenía desde hace unos meses un viaje programado de 18 días a principios de febrero, y estoy dando vueltas a cómo hacerlo. Tal vez puedas ayudarme con un par de dudas que me surgen. Tenía entendido que hay que solicitar permiso al SEPE, mediante un formulario, pero por tu post veo que con llamar por teléfono para avisar es suficiente ¿es así? ¿Y sabes con cuánto tiempo de antelación hay que hacerlo? El problema es que tengo mañana la cita en el SEPE para solicitar el subsidio y no sé cuanto tardarán en resolver, y si llegará a tiempo para poder avisar. Muchísimas gracias, un saludo. Paula

    Responder
    • Hola Paula, gracias a ti por leer mi post. Como mañanas tienes la cita en el SEPE para solicitar el subsidio lo mejor que puedes hacer es mañana mismo avisar que te vas de viaje y normalmente lo aceptan, yo lo he hecho varias veces así. Y en caso de que no, puedes preguntar si será suficiente con llamar por teléfono un día antes del viaje, que no creo que haya problema.

      Responder
      • Muchas gracias por tu rápida respuesta! La verdad es que justo era eso lo que había pensado intentar hacer, así que a ver. ¿Tú también has hecho esto con viajes de más de 15 días sin ningún problema? ¿Has tenido que presentar billetes a la vuelta? Muchas gracias de nuevo, como ves estoy un poco pez y no quiero liarla! 🙂 un saludo

        Responder
        • No hay de que Paula! Si lo he hecho con varios viajes de más de 15 días y nunca he tenido ningún problema(siempre y cuando avisaba). Un día antes de viajar avisaba por teléfono y a la vuelta me presentaba el primer día hábil en la oficina con las tarjetas de embarque. Es importante que te presentes el primer día hábil ya que no son muy tolerantes con esto. Suerte y si necesitas algo más no dudes en preguntar 😉

          Responder
          • Jo gracias, me quedo más tranquila! Pues es que había leído no sé dónde que tenías que avisar del viaje como con 15 días de antelación y claro, no sabía si para entonces estará la resolución del subsidio y pensaba que igual me decían que no podía ser, pero si no hay que avisar con tanta antelación, creo que no habrá problema. Gracias de nuevo!!! 🙂 🙂

          • No tranquila, lo importante es que avises antes de irte pero no tiene que ser con tanta antelación. Igualmente no te olvides que tienes el teléfono de atención a la ciudadanía del SEPE (901 11 99 99) donde siempre puedes llamar si tienes alguna duda específica y así no hace falta que pidas cita solo para resolver tus dudas. Espero que te vaya todo bien mañana! ?

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